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El repintado distinto de los huecos de las ventanas requiere autorización de la comunidad

En este caso, una  comunidad de propietarios  demandó a uno de sus integrantes por el repintado distinto de los huecos de las ventanas de su vivienda al considerar que se producía una  alteración de la configuración o estado exterior de la fachada  y que, por consiguiente y conforme a la  Ley de Propiedad Horizontal , dicha actuación requería de la autorización de la comunidad. La sentencia dictada en Primera Instancia estimó íntegramente la demanda al considerar que la pintura empleada por la demandada en las ventanas, diferente a la del resto de la fachada del edificio, alteraba este elemento común, por lo que condenó a la parte demandada a efectuar las obras necesarias a fin de que se restituya a su estado original la fachada de la vivienda, y de no verificarlo se hiciera a su costa. La sentencia de Segunda Instancia, estimó el recurso de apelación interpuesto y revocó la sentencia impugnada. Consideró, en primer lugar, que la diferencia de la pintura em...

El responsable de los daños causados por los inquilinos frente a la Comunidad es el propietario del piso, correspondiéndole realizar las obras de reparación si éste no lo hace o finaliza la ocupación

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TS, Sala Primera, de lo Civil, 832/2009, de 18 de diciembre. Con Comentarios EXTRACTOS El responsable de los daños causados por los inquilinos frente a la Comunidad es el propietario del piso, correspondiéndole realizar las obras de reparación si éste no lo hace o finaliza la ocupación ANTECEDENTES DE HECHO FUNDAMENTOS DE DERECHO FALLAMOS EXTRACTOS El responsable de los daños causados por los inquilinos frente a la Comunidad es el propietario del piso, correspondiéndole realizar las obras de reparación si éste no lo hace o finaliza la ocupación "... Las obligaciones contenidas en el artículo 9 van dirigidas a los propietarios en general de viviendas y locales sujetos al régimen de la Propiedad Horizontal y lo que determina la responsabilidad establecida en el apartado 1 g) no es más que una reafirmación de los restantes apartados del artículo, incluido el apartado 1 a), de respetar con la diligencia debida las instalaciones generales de la comunidad y demás ...

Válida apertura de huecos en fachada de local sin consentimiento de la comunidad de propietarios

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La STS de 15 de noviembre de 2010 RC n.º 1956/2006 declara como doctrina jurisprudencial que, cuando en el  Título Constitutivo  se prevea la posibilidad de segregación de un local comercial, implícitamente se está autorizando como consecuencia natural de lo anterior la apertura de una salida de la finca matriz si el local carece de ella. La construcción de la salida independiente no puede afectar a la seguridad, estabilidad y estética del edificio ni puede perjudicar los derechos de terceros. La negativa de la comunidad de propietarios a autorizar la obra, es nula por contravenir lo dispuesto en el Título Constitutivo y por estar amparada en un ejercicio abusivo del Derecho. Esta doctrina resulta de aplicación al caso que ahora se examina puesto que en la escritura pública de declaración de obra nueva en construcción y división horizontal otorgada el 29 de abril de 1989 se establecía que «las fincas formadas podrán dividirse o agruparse entre sí, por el...

Pago de daños por deterioro de la superficie de la terraza y del anejo privativo

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Los arts. 3.1 y 9.1 a) y b) de la Ley de Propiedad Horizontal, especialmente el último precepto citado, obligan al cuidado y mantenimiento de los elementos de uso privativo. Sin embargo, en este caso se trata de un problema técnico, dado que es necesario saber si el defecto viene de lo que es forjado o por falta de cuidado de la propia superficie. En el primer supuesto, nos encontramos ante un elemento común y responde la Comunidad, salvo que las filtraciones se deban a una mala conservación del suelo de la terraza y de su anejo por parte de su propietario. Es decir, hay que diferenciar entre elementos comunes y privados, el forjado está entre los primeros y la superficie entre los segundos, aunque en este último caso hay que valorarlo técnicamente, por informe pericial, esa falta de cuidado y conservación. Si el piso bajo que ha sufrido los daños quiere reclamar a la Comunidad, tendrá que acreditar estos extremos, porque, en otro caso, casi con seguridad, su exigencia sería recha...

Uso fijado en el Titulo para los locales

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No hay prohibición alguna en la Ley de Propiedad Horizontal para delimitar el uso de los locales, conforme al art. 5, párrafo tercero, por lo que habrá de estarse a lo que se indique en el Título Constitutivo o los Estatutos, y es muy posible que el precio de venta sea distinto para unos y otros, más bajo para los que no pueden destinarlos a bares, restaurantes, etc. Así pues, el Título no es nulo por estas limitaciones. No obstante, mediante el oportuno juicio ordinario del art. 249.1.8 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se puede pedir judicialmente la nulidad de estos impedimentos discriminatorios, pero creemos que es difícil de conseguir, ya que los mismos compradores admitieron dichas prohibiciones al firmar su escritura de compraventa. Web despacho

Contrato de interinidad

Este contrato tiene como objetivo sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual, o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva, así como para sustituir a trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo. Duración Mientras subsista el derecho del trabajador sustituido a la reserva de puesto de trabajo o la del tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva del puesto de trabajo, sin que en este último supuesto pueda ser superior a tres meses. En los procesos de selección de las Administraciones públicas, la duración coincidirá con el tiempo previsto para la realización de dichos procesos. Se extinguirá por la reincorporación del trabajador sustituido; por el vencimiento del plazo legal o convencionalmente establecido para la incorporación; por la extin...

Prestaciones contributivas por incapacidad permanente

Prestación económica que, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una  persona , cuando estando  afectada por un proceso patológico o traumático  derivado de una  enfermedad o accidente , ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva. Las prestaciones, a que dan lugar los diferentes grados de incapacidad, están incluidas dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales, con las particularidades y salvedades que, en cada caso, se indican en el respectivo Régimen. Junto a ellas, pervive la pensión de invalidez del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI). Concepto Incapacidad permanente  es la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta  reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y prev...