¿Qué es el derecho de servidumbre? Clases de servidumbre

La servidumbre  es un derecho real  mediante el cual  limita los derechos de un predio frente a otro,encontrando en estos supuestos dos predios, uno denominado previo sirviente y predio dominante.
En nuestro código civil  las podemos encontrar a partir del artículo  530 CC.

Respecto a las clases de servidumbre  tenemos :
  • Continuas : Continuas son aquellas cuyo uso es y puede ser continuo sin que exista un hecho actual del hombre. Ej.: Electroducto - Vistas
  • Discontinuas : Son aquellas que requieren del hecho actual del hombre para ser ejercidas. Ej.: Paso - Tránsito
  • Prediales o personales: Prediales son aquellas que se hacen en beneficio de otro inmueble. Personales son las constituidas en beneficio de una o más personas o de una comunidad.
  • Aparentes o no aparentes: Aparentes son las que se anuncian y están continuamente a la vista por signos exteriores, que revelan el uso y aprovechamiento de las mismas. No aparentes son las que no presentan indicio alguno exterior de su existencia.
  • Positivas o negativas: Se llama positiva la servidumbre que impone al dueño del predio sirviente la obligación de dejar hacer alguna cosa o de hacerla por sí mismo, y negativa la que prohíbe al dueño del predio sirviente hacer algo que le seria lícito sin la servidumbre.
  • Legales o voluntarias: Las servidumbres pueden establecerse por la ley o   por la voluntad de los propietarios

Otra clasificación de servidumbre la tendríamos en el tipo:

Rústicas:

A)Servidumbre de de paso
  • Iter mediante este derecho se permite al titular pasar de un fundo a otro a pie.
  • Actus: Faculta al titular a llevar ganado y carruaje sobre el fundo sirviente.
  • Via: Utilizar  un  camino más amplio englobando el derecho de las otras dos.

B)Servidumbre de agua
  • Acueducto pasar agua por fundo ajeno
  • Derecho para sacar agua de un fundo ajeno, además lleva implícito el transporte

C) Servidumbre extracción materiales

Ahora pasaríamos a las urbanas :

A) Luces y Vistas
  • Servidumbre que impide al propietario del fundo sirviente realizar construcciones que disminuya las vistas o la luz del fundo dominante
  • Servidumbre de que por parte del fundo sirviente no se puede edificar a más altura que la señalada
  • Servidumbre que permite huecos o ventanas en una pared común en beneficio del predio dominante.
B) Desagüe de edificios
  •  Servidumbre para verter aguas pluviales gota a gota o a través de un canal
Estas serías las servidumbres más importantes pudiendo existir más, no obstante a través de este Enlace
podrán conocer más sobre las servidumbre.

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