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El contrato de arrendamiento de vivienda se pactó por tiempo indefinido, pero ello no equivale a la voluntad del arrendador de pactar prórroga forzosa

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TS, Sala Primera, de lo Civil, 595/2014, de 23 de octubre Recurso 2586/2012. Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS. EXTRACTOS El contrato de arrendamiento de vivienda se pactó por tiempo indefinido, pero ello no equivale a la voluntad del arrendador de pactar prórroga forzosa "... 1. Que los demás arrendatarios tengan contratos anteriores a 1985, con contenido similar, solo significa que se ha utilizado, por comodidad, el mismo modelo impreso de contrato, hasta el punto de que la fecha de impresión es de 1970, pero ello no evidencia voluntad por parte del arrendador en pactar la prórroga forzosa. 2. No es necesario que se cite expresamente el RDL 2/1985, sino que se excluya. 3. Tampoco es indicativo que la cláusula de actualización sea bianual, cuando la renta se cuantifica anualmente ( sentencia de 22 de junio de 2009, recurso 1/2005 ). 4. La repercusión del incremento de servicios, suministros, e impuestos solo evidencia la necesidad de adaptarse a un con

¿Es posible el cambio de destino de las propiedades?

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TS, Sala Primera, de lo Civil, 3-9-2014 El propietario tiene derecho al cambio del destino del local del que es propietario al no estar expresamente prohibido en los Estatutos de la Comunidad no pudiendo en dicha transformación alterar elementos comunes sin consentimiento La doctrina jurisprudencial expuesta, llevada al supuesto de enjuiciamiento, exige realizar las siguientes precisiones que conducen a la desestimación de los motivos planteados. En primer lugar, debe señalarse que la fundamentación técnica que realiza la sentencia recurrida no se opone a la doctrina jurisprudencial expuesta en la medida en que su desarrollo argumental se centra en el sustancial cambio o alteración en los elementos comunes que se deriven de las obras que, sin previa autorización estatutaria, son objeto de la presente litis, constituyéndose, de esta forma, en la  ratio decidendi  del fallo (razón de la decisión). En segundo lugar, y admitido el derecho del propietario al cambio de destino del piso (