Los pisos vacíos: el TC declara inconstitucional la norma andaluza que permitía la expropiación de viviendas vacías
Daniel Loscertales Fuertes. Abogado y Presidente de SEPIN
Reproducimos, por su interés, el artículo redactado por Daniel Loscertales Fuertes, presidente de la Editorial Jurídica SEPIN, y que fue publicado en el periódico El País a raíz de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 14 de mayo de 2015, en relación con el Decreto-Ley 6/2013, de 9 de abril, de Medidas para Asegurar el Cumplimiento de la Función Social de la Vivienda aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En dicha Sentencia se declara que la normativa andaluza regula aspectos relativos al derecho de propiedad, lo que está vedado al Decreto-Ley y, por otro lado, que al determinar la expropiación de determinadas viviendas vacías invade competencias que la Constitución atribuye en exclusiva al Estado.
Fuente sepin.
Reproducimos, por su interés, el artículo redactado por Daniel Loscertales Fuertes, presidente de la Editorial Jurídica SEPIN, y que fue publicado en el periódico El País a raíz de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 14 de mayo de 2015, en relación con el Decreto-Ley 6/2013, de 9 de abril, de Medidas para Asegurar el Cumplimiento de la Función Social de la Vivienda aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En dicha Sentencia se declara que la normativa andaluza regula aspectos relativos al derecho de propiedad, lo que está vedado al Decreto-Ley y, por otro lado, que al determinar la expropiación de determinadas viviendas vacías invade competencias que la Constitución atribuye en exclusiva al Estado.
Fuente sepin.
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