Entradas

Mostrando entradas de enero, 2014

Las comunidades de propietarios no deben facilitar el libro de actas a entidades bancarias

Imagen
La Agencia Española de Protección de Datos, a consulta realizada por el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Almería sobre si la solicitud del Libro de Actas de la Comunidad de Propietarios que realizan las entidades financieras a los Administradores  de las mismas, con la finalidad de formalizar la apertura de una cuenta corriente o para el cambio anual de firmas de los nuevos cargos de la comunidad, se ajusta a lo dispuesto en la  Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal  y su Reglamento de Desarrollo aprobado por el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, se ha pronunciado a título informativo en el sentido siguiente: Agencia Española de Protección de Datos, Informe Jurídico 0303/2009 (extracto) "(...) ahora bien, tales datos pueden ser comunicados mediante la correspondiente certificación expedida por el Secretario-Administrador de dicha Comunidad u otro documento de apoderamiento legal, de cuya exactitud y ve