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Mostrando entradas de 2016

¿Cuál es la diferencia entre suelo urbano, urbanizable y no urbanizable?

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Antes de empezar, nos gustaría aclarar la diferencia entre clasificación y calificación del suelo, ya que puede llevar a confusión si no estamos familiarizados con los términos urbanísticos.A grandes rasgos podríamos decir que la clasificación del suelo, como su mismo nombre indica, se refiere a las distintas clases o tipos de suelo. En cambio, la calificación se refiere al uso y las posibilidades edificatorias de un terreno. Las calificaciones son características específicas de un terreno en relación a su coeficiente de edificabilidad y a las normas específicas que se le aplican (usos permitidos, alineaciones o altura máxima, entre otros). La clasificación , como veremos, es el tipo de suelo a efectos urbanísticos y se diferencia entre suelo urbano, suelo urbanizable y suelo no urbanizable. Suelo urbano El suelo urbano es el que el planeamiento general del municipio determina como tal si cumple una de estas tres condiciones: Disposición de servicios y dotaciones básic

Obligaciones fiscales a la hora de arrendadar inmueble.

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Son varias las obligaciones fiscales para el propietario particular o propietario empresa, por una parte, y el arrendatario, por otra, que se derivan del alquiler de una vivienda o local comercial. En el caso del arrendamiento de un inmueble para uso de vivienda , las obligaciones que conlleva son: 1) Cuando un propietario particular alquila un inmueble a un inquilino para uso de vivienda , debe saber que está obligado a: – Depositar la fianza en el IVIMA. – Declarar los rendimientos en su declaración de la Renta. Los ingresos obtenidos por el alquiler se declaran, en la declaración de la renta, en el apartado de ‘Rendimientos de capital inmobiliario’. El propietario deberá declarar el margen obtenido, es decir, a los ingresos podrá descontar los gastos que soporte, que podrían ser los siguientes: IBI, reparaciones, intereses de préstamo, etc. Actualmente, en la declaración de la renta, hay una reducción del 60%. 2) Cuando una empresa alquila un inmueble a un inqu

Minimo vital y custodia compartida una vez se sobrepasa la mayoría de edad

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Una vez el menor cumple la mayoría de edad no tiene razón de ser utilizar la definición de custodia compartida, régimen de visitas o custodia exclusiva,esto supuestos solo serían aplicables a casos excepcionales cuando se diese un supuesto de incapacidad.No obstante la obligación de seguir pagando una pensión de alimentos no se extinguiría con la mayoría de edad pues la misma se puede prolongar hasta que  el hijo termine sus estudios. El minimo vital en la pensión de alimentos  La Sala Primera del TS ha dictado una sentencia, de fecha 2 de marzo de 2015 (sentencia número 111/2015, ponente señor Seijas Quintana), por la que reitera la doctrina de la Sala respecto del denominado "mínimo vital" en los supuestos en los que existen dificultades económicas para el pago de las pensiones de los hijos. Según la jurisprudencia de las Audiencias Provinciales, este mínimo vital constituye una prestación alimenticia a favor de los menores que suele oscilar entre los 150 y

Delito de usurpación

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AP A Coruña, Sec. 1.ª, 318/2014, de 21 de mayo  Recurso 1645/2013. Ponente: MARIA LUCIA LAMAZARES LOPEZ.  La falta de prueba de la acusada del consentimiento del titular del arrendamiento para vivir en el piso que usurpó, y para constituir el subarriendo, confirman la comisión del delito del artículo  245 .2  CP   "... Concurren todos los requisitos conforme resulta de la prueba testifical y documental. Así: a) la ocupación sin violencia o intimidación de un inmueble, vivienda o edificio, que en ese momento no constituya morada de alguna persona, realizada con cierta vocación de permanencia; b) que el realizador de esa ocupación carezca de título jurídico alguno que legitima esa posesión, y c) que tal ocupación se efectúe contra la voluntad del titular. Considerar que consta acreditado que la acusada permaneció desde el 6 de octubre de 2010 hasta el mes de enero de 2011 en la vivienda sita en la CALLE000 , NUM000 - NUM001 de Ferrol, abandonándola únicamente despu