Pasos proceso monitorio

Buenas tardes/ noches hoy os dejo una información que espero que les puede servir si tienen que realizar una reclamación de cantidades para su comunidad de vecinos, mas hoy en día donde los porcentajes de morosidad son de los mas altos.
Como siempre yo aconsejo intentar mediar pues el procedimiento judicial debería ser siempre el ultimo paso que debemos tomar.

La demanda de procedimiento monitorio para reclamar las deudas de la comunidad se presenta ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde radique la finca. Junto con la reclamación de cantidad habría que incorporar el certificado de deuda con el visto bueno del presidente, el acta aprobando la reclamación y acreditar la titularidad del inmueble.

Se pueden añadir los gastos extrajudiciales por la notificación. “Los órganos judiciales tienen medios suficientes para localizar al propietario moroso”, dice Adolfo Calvo-Parra y Nebrá, secretario técnico del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid. Y en caso de no poder, se deberá efectuar mediante la publicación de edictos, aunque “hasta que lo acuerdan los juzgados hay que agotar todas las vías”, comentan en la gestoría Urfinsal. Presentada la demanda, las opciones son varias. Si el deudor comparece —tiene un plazo de 20 días para pagar—, se archivarán las actuaciones. Pero si el deudor presenta un escrito de oposición, el procedimiento se convertirá en el proceso declarativo (verbal u ordinario) que corresponda.

En el supuesto de oposición, sí es necesario abogado y procurador, siempre que lo reclamado supere los 2.000 euros. Cuando el demandado no contesta, se dicta auto condenando al pago del principal, intereses y costas.
Si no cumple voluntariamente, deberá ejecutarse en otro procedimiento judicial frente a su patrimonio. En caso de que no pague ni se oponga, la comunidad tiene hasta cinco años para solicitar el embargo de los bienes, una vez se haya dictado el auto.

Como podemos observar es un proceso realmente sencillo, ademas de no ser obligatorio asistencia letrada (salvo superación cantidad), no obstante siempre es recomendable que acudan acompañado de un abogado, 
pues estos velaran por vuestros derechos y darán una argumentación mas profesionalizada

Por último les adjunto un esquema del procedimiento en si por si con una imagen os sirve para que les quede todo más claro, espero que les sea útil para cualquier cosa me tienen a su disposición.

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AL Abogados-Las Palmas
Lázaro Amable


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