Que en la comunidad de propietarios haya una subcomunidad de garajes no permite hablar de la existencia de dos comunidades independientes al existir un único titulo constitutivo con unos solos estatutos

Que en la comunidad de propietarios haya una subcomunidad de garajes no permite hablar de la existencia de dos comunidades independientes al existir un único titulo constitutivo con unos solos estatutos
"... Se hace necesario comenzar por lo que el recurso discute en cuanto a si existen dos comunidades: y lo cierto es que solamente existe un título constitutivo y lo que se constituye en él es (documento nº 7 de la demanda) la propiedad horizontal del edificio situado en el número NUM000 de la calle DIRECCION000 , de manera tal que tiene razón la sentencia cuando sostiene la imposibilidad de que existan dos comunidades independientes y distintas. Pero es que además tal afirmación jurídicamente fundada, puede asentarse incluso en una resolución del mismo Juzgado dictada en el verbal nº 377/2.011 en el que los litigantes eran la Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 nº NUM000 y la Subcomunidad de Cocheras de DIRECCION000 nº NUM000 , así denominada, aplicándose también en ese procedimiento los estatutos únicos que rigen ambas. La existencia de una subcomunidad perteneciente al mismo edificio no supone que estén presentes dos comunidades distintas e independientes, sino que la Comunidad es única, formando parte de ella una Subcomunidad de Garajes, situación común a tantos edificios y Comunidades de Propiedad existentes no solo en el Principado de Asturias sino en toda España. Ahora bien, lo que permite el título constitutivo es considerar la existencia de una subcomunidad al establecer en sus artículos primero a cuarto (folios 45 vuelto y 46) un régimen diferenciado para los locales descritos bajo los números Uno y Dos, siendo una realidad su funcionamiento en tal forma, es decir como una Subcomunidad, a la que le son aplicables los mismos estatutos y, en concreto, el artículo 4º que exonera a los titulares de las plazas de garaje de participar en gastos ocasionados por portales, cajas de escalera y ascensores. ..."



Fuente :Sepin

Comentarios

Entradas populares de este blog

Aunque no se ha solicitado autorización comunitaria, son válidas las obras que se han realizado en el forjado, pues no han afectado a la parte esencial del mismo habiéndose, se ha mejorado el sistema constructivo \ Se considera que existe consentimiento tácito al haberse tratado el tema de las obras en Junta y no haber hecho nada al respecto

Se considera comunitaria la tubería que discurre, aún en parte, por zonas comunes del edificio, aunque esté destinada exclusivamente al lavadero privativo del demandado

Biografia sobre Edmund Kemper/El asesino de las colegialas/Mindhunter/Video documental.