5 Cosas que debes saber sobre la clausula suelo.
En el artículo de hoy le explicaremos 5 dudas que nos pueden surgir sobre la clausula suelo.
1.¿Puedo reclamar lo cobrado de más por la
clausula si firme una dación en pago?
Se
estima que en España existen más de 3,5 millones de afectados por las clausulas
suelos , de los cuales de media se estima que el banco ha cobrado de más 8000
euros.Desde 2012 hacia adelante muchos bancos se han acogido al código de
Buenas Prácticas y han utilizado la dación en pago para intentar solventar la carga hipotecaria.
La
dación en pago es una forma de dar por extinguida la deuda con la entidad
bancaria entregando el inmueble como contraprestación.Puede darse el caso de
que una vez se llegue al acuerdo con el banco este nos introduzca una clausula donde renunciamos a
posibles reclamaciones ya que el deudor acepto la dación en pago como extinción de la deuda.Por lo tanto será interesante
ver el contrato de dación en pago para
ver si existe una renuncia pactada o es forzada por el banco dando lugar a este
caso a la posibilidad de anularlo.
2.¿Si vendo la casa puedo reclamar lo que
he pagado de más por la clausula suelo?
En
este supuesto dependerá si la hipoteca ha sido cancelada o no, si hubiese sido
cancelada la acción que se puede realizar es una reclamación de daños y perjuicios por
tener dicha clausula.Esta postura es respaldada por algunos tribunales como el juzgado de lo Mercantil nº1 de Almería
que “ha obligado a Caja España tendrá que devolver a un cliente el dinero cobrado
por la aplicación de la cláusula suelo, a pesar de que la vivienda ya había
sido vendida y se había cancelado el préstamo cuando se celebró el juicio”.En
caso de clausulas suelo de hipotecas canceladas con las siguientes entidades :
BBVA, Caja Mar y Caixa Nova, se podrá realizar la acción hasta 5 de Octubre de 2020.
3.¿Me
afecta la sentencia de la UE en mi reclamación?
La
sentencia proveniente de Europa le afecta de forma positiva ya que a diferencia
del tribunal supremo de nuestro país el cual limitada la reclamación a una franja
temporal (Mayo de 2013) , el tribunal europeo
acepta la total retroactividad de la reclamación.
4.¿Si vendo mi casa y un tercero se subrogó
en la hipoteca puedo reclamar lo pagado de más?
En
este supuesto de hecho consideramos que
al aun estar viva la hipoteca la acción para
solicitar la nulidad de la clausula la debe ejercer quien se haya subrogado,
ahora bien se podría estudiar la posibilidad de reclamar por daños y perjuicios
por lo que se pago de más mientras la hipoteca la tenía el deudor primitivo.
5.¿Puedo Reclamar los gastos de
constitución de hipoteca si mi piso fue embargado?
En
este caso se puede decir de forma tajante que si, que si podemos ejercer la
acción.El artículo 83 del Texto Refundido de la Ley de la defensa de los
consumidores y usuarios nos dice ”toda
clausula considera abusiva será declarada nula de pleno derecho”.Por lo que
podemos concluir que la acción de nulidad es imprescriptible” aunque la acción
de restitución tiene un plazo más corto
5 años.
Documentos necesarios para realizar
una reclamación con garantías:
- Copia de la escritura de la
hipoteca (ojo es distinto a la escritura de propiedad)
- Factura de gastos notariales de la escritura de la hipoteca (también distintos a los de la escritura de propiedad)
- Factura de gastos de notaria de la escrituración de la hipoteca
- Modelo 601 de pago del impuesto de gastos jurídicos documentados
- Factura de la tasación
- Factura de los gastos del registro de la escritura de la hipoteca
- Factura de gastos notariales de la escritura de la hipoteca (también distintos a los de la escritura de propiedad)
- Factura de gastos de notaria de la escrituración de la hipoteca
- Modelo 601 de pago del impuesto de gastos jurídicos documentados
- Factura de la tasación
- Factura de los gastos del registro de la escritura de la hipoteca
Si
ha extraviado alguno de estos documentos
podría intentar solicitárselo al banco aunque por regla general no suelen muy
cooperantes en facilitar la documentación, en este caso deberíamos acudir a la
oficina del defensor del cliente.
Esperemos
que este artículo le sirva de ayuda, si
es así le agradeceríamos que compartiera
para que llegue al mayor número de personas que pueda servirle.
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