Video explicativo sobre el derecho al olvido y breve información
El derecho al
olvido es un concepto relacionado con el Habeas Data y la protección
de datos personales,
el derecho al honor, intimidad e imagen. En aplicación de este concepto, se
hacen solicitudes de supresión, bloqueo o desindexación de información que se
considera cierta pero obsoleta o no relevante por el transcurso del tiempo.
Este concepto puede en ocasiones colisionar con la libertad
de expresión
e información.
'Derecho al olvido'
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
hizo pública el 13 de mayo de 2014 una sentencia que establece, como ya venía
aplicando la Agencia en sus resoluciones, que el tratamiento de datos que
realizan los motores de búsqueda está sometido a las normas de protección de
datos de la Unión Europea y que las personas tienen derecho a solicitar, bajo
ciertas condiciones, que los enlaces a sus datos personales no figuren en los
resultados de una búsqueda en internet realizada por su nombre.
¿Qué cambia esta sentencia europea de
forma práctica?
Supone dar existencia al llamado
Derecho al Olvido. A partir de ahora se podrá solicitar a Google directamente
el borrado de los datos personales que aparecen en el buscador indexados, y
Google tendrá la obligación de hacerlo. Además, se podrá acudir de forma
efectiva a solicitar la Tutela de la AEPD o de los Tribunales en caso de
conflicto.
Pero, como en cualquier otro derecho
fundamental, existe un límite. Se deberá ponderar en cada caso la primacía del
Derecho a la Protección de Datos o del Derecho a la Información, que legitima
este último en algunos casos la publicación de todo tipo de información.
La Sentencia concreta que el derecho
a la protección de datos prevalecerá con carácter general sobre el interés
económico del buscador o cualquier tercero, salvo que la información sea de
interés o relevancia pública que permita justificar su difusión.
¿Cuál es la opinión de Google al
respecto?
Google ya ha emitido un comunicado de
prensa afirmando la decepción que supone este hecho para los motores de
búsqueda y editores online en general, pudiendo perjudicar su negocio y
actividad en Europa.
En su comunicado se sorprende del
cambio de rumbo y opinión por parte de las instituciones judiciales europeas,
que se contradice rotundamente a la opinión que mantenía. En concreto, se
remitió a las declaraciones del Abogado General del TJUE, Niilo Jääskinen,
quién afirmó hace apenas un año que debía prevalecer el Derecho a la
Información frente al Derecho al Olvido, para evitar así una “injerencia en la
libertad de expresión del editor de la página web”, llegando incluso a comparar
el Derecho al Olvido con la censura.
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