¿Qué ayudas hay para comprar y alquilar vivienda en España?¿Cómo puedo solicitarla?¿Quien puede ser beneficiario?


Buenos días, tardes o noches amigos y amigas, hoy le hacemos llegar una información que creo que les puede ser de mucha ayuda,vamos hablar sobre las ayudas para la adquisición de  vivienda o alquilar.



El gobierno estatal  presento el esquema de lo que sería  el Plan estatal de vivienda el mismo se prevé que tenga un periodo entre 2018 a 2021.



Los principales beneficiados de esta ayuda serán:

·       Jóvenes

·       Mayores

·       Otros grupos que sean considerados vulnerables



En caso de que se quiera comprar una casa:



Uno de los requisitos que se debe tener al momento de solicitar esta ayuda es contar con una edad  máxima de 35 años

¿Quién puede acogerse a esta ayuda?

·       Hogares cuyo ingresos de la unidad  familiar sea inferior a tres veces el IPREM, la cuantía en cuestión está fijada a día de hoy en 532 euros. Dando un montante de 19170 anuales si se prorratea en 12 pagas y/o 22365 si se hace en 14.

·       La vivienda  destinada al arrendamiento debe ser usada como vivienda habitual y con un periodo mínimo de 5 años.

·       Estarán excluidos de forma expresa de esta ayuda las personas que dispongan una casa tanto bajo el título de propietarios como de usufructuarios, no obstante cabe una excepción y esta sería que no pueden hacer uso del inmueble por causas ajenas a su voluntad, el ejemplo más claro sería un divorcio donde el uso del inmueble se lo otorgan a su ex pareja.

·       Importe de la ayuda:El importe máximo de la ayuda es 10800 euros siendo un 20% el valor de la misma. Ejemplo si es una vivienda de 100000 euros el 20% sería 20000 al sobrepasar el tope  nos darían el máximo que sería 10800 euros.

¿Qué ayudas tengo en caso de que quiera alquiler un inmueble?

En este punto hablaremos sobre  la ayuda de alquiler, como podrán comprobar los requisitos son muy parecidos a las ayudas de compra de inmueble.

Requisitos:

·       Edad máxima 35 años

·       Ingresos inferiores a tres veces el IPREM

·       Debe destinarse a vivienda habitual mientras dure la ayuda.

·       No se pueden optar a esta ayuda si se tiene una vivienda en propiedad con la misma excepción que la nombrada anteriormente.

·       Cuantía: máximo 600 euros con excepciones muy específicas que pueden llegar a los 900 euros.

·       Plazo 3 años.

·       El porcentaje de la ayuda sería 50% mensuales con los limites antes comentados.

¿Puedo optar a las ayudas si tengo más de 35 años ?

Seguramente te preguntaras si pueden acogerte a estas ayudas si tienes más de 35 años, la respuesta es si, aquí te dejamos los requisitos para ver si estas dentro de las bases:

Condiciones para poder acogerse a la ayuda mayores de 35 años:

·       Edad: Sin limite

·       Ingresos de los hogares inferior a tres veces el IPREM

·       Vivienda habitual y permanente

·       No disponer de vivienda ni como propietarios ni como usufructuario

·       Cuantía 600 euros máximo con casos excepciones que puede llegar a los 900.

·       Hasta 40% del alquiler.

·       3 años

Personas en situaciones especiales:Desahucio

Esta ayudas están pensadas para propietarios o inquilinos los cuales hayan sufrido un desahucio, no tiene límite de edad ,los ingresos que se requieren son 3 veces el IPREM, Sin posibilidad de acceder a una vivienda.

Los precios del alquiler serían  entre 150 y 400 euros mes, con un plazo máximo de 2 años.

 

¿Existen ayuda de alquileres para personas mayores?

En los supuestos donde existan mayores de 65 años también hay ayudas las cuales podemos acogernos.

Requisitos:

1.      Ingresos Inferior a  tres veces el IPREM

2.     No disponer viviendas en propiedad

3.     No tener un patrimonio superior a 100000

4.     Alquiler máximo 600 euros , excepcionalmente  hasta 900 euros.

5.     50 % de la renta mensual

6.     Plazo máximo 3 años.

En el supuesto de hecho que la persona mayor disponga de vivienda  pero necesite ayuda existe también una variante con el requisito principal que la vivienda objeto de ayuda deba ser el domicilio habitual, el importe  sería hasta 200 euros que puede ser destinado al mantenimiento de la propiedad, comunidad y suministros, el plazo de esta ayuda es hasta 3 años.

Esperamos que este artículo les haya servido, si es así le rogamos que le den me gusta y lo compartan en sus redes sociales para que llegue al número máximo de personas que les pueda ser útil.

Artículos que pueden ser de su interés:




Comentarios

Entradas populares de este blog

Aunque no se ha solicitado autorización comunitaria, son válidas las obras que se han realizado en el forjado, pues no han afectado a la parte esencial del mismo habiéndose, se ha mejorado el sistema constructivo \ Se considera que existe consentimiento tácito al haberse tratado el tema de las obras en Junta y no haber hecho nada al respecto

Se considera comunitaria la tubería que discurre, aún en parte, por zonas comunes del edificio, aunque esté destinada exclusivamente al lavadero privativo del demandado

Biografia sobre Edmund Kemper/El asesino de las colegialas/Mindhunter/Video documental.