Negativa de paso por los propietarios cuando es preciso para llevar a cabo reparaciones necesarias

Hay que realizar unas actuaciones de fijación del aplacado en la fachada, como consecuencia de una reclamación a la constructora, el problema es que algunos propietarios se niegan a dejar pasar por su vivienda, lo que es necesario para estas obras.
Pues bien, evidentemente, la Comunidad debe requerirles fehacientemente para que dejen paso para hacer las obras necesarias desde su piso (sin que afecte a elementos privativos), pues así lo establece el art. 9.1 c) y d) de la Ley de Propiedad Horizontal.
La pregunta base de la consulta es ¿qué pasaría si no se hace la obra de fijación de aplacado de la fachada y hay algún desprendimiento por esta causa y se producen daños a terceros? Nuestro criterio es que, al tratarse de un elemento común, el responsable ante esos terceros será siempre la Comunidad, sin perjuicio de que, luego, acreditando la actuación negativa de esos propietarios y que la causa es consecuencia de esta, se pueda repetir contra dichos comuneros.
Consideramos que lo mejor es que se haga una Junta acordando estas obras y, si persiste la negativa, acudir al juicio ordinario correspondiente para que el Juez obligue a abrir los pisos y permitir las obras necesarias, conforme a los preceptos antes mencionados. Incluso sería posible y conveniente que en el mismo se pidieran medidas provisionales al respecto, acreditando la urgencia, aunque la respuesta judicial a este respecto es siempre bastante limitada.
Fuente sepin



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