¿Detención arbitraria? solución Hábeas corpus


El Hábeas corpus  es una institución jurídica que  va en contra de arrestos y detenciones arbitrarias, mediante esta  medida se pretende dar rapidez al proceso para que se ponga con mayor celeridad al detenido en presencia del juez, que según las pruebas y los hechos que se observen pueden determinar la libertad o continuar con la detención

Mediante esta institución se defienden  principalmente dos derechos fundamentales, por un lado tenemos el derecho a la libertad  individual  que se refiere que no se puede privar de libertad a un individuo a no ser en supuestos tasados y por otro lado al de la integridad física de la persona


El hábeas corpus lo encontramos reconocido en el artículo 17.4 "La ley regulará un procedimiento de «hábeas corpus» para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional".
La  institución  esta legislada por   la ley  orgánica  6/1984 de 24 mayo donde nos indica que personas son las que se consideran detenidas de manera ilegal.
  1. Las que lo fueren por una autoridad, agente de la misma, funcionario público o particular, sin que concurran los supuestos legales, o sin haberse cumplido las formalidades prevenidas y requisitos exigidos por las Leyes.
  2. Las que estén ilícitamente internadas en cualquier establecimiento o lugar.
  3. Las que lo estuvieran por plazo superior al señalado en las Leyes si, transcurrido el mismo, no fuesen puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención.
  4. Las privadas de libertad a quienes no les sean respetados los derechos que la Constitución y las Leyes Procesales garantizan a toda persona detenida.

¿Quien puede solicitarlo?
  • Defensor del pueblo
  • Ministerio fiscal
  • detenido,cónyuge, descendientes,ascendientes y hermanos
¿Cómo solicitarlo?

El proceso puede seguir dos caminos principales, por un lado que sea el propio juez el que lo inicia de oficio, o bien que sea una de las personas legitimadas.
  1. Solicitud ante juzgado de instrucción donde se encuentre privado de libertad
  2. El juez competente adoptara las medidas oportunas  para conocer los hechos que se le imputan
  3. En un plazo máximo de 24 horas  el juez  escuchara al ministerio fiscal, detenido, quien ordenó la detención y responsable de custodia 
  4. Finalmente se resuelve  sobre la legalidad o no de la detención, procediendo a poner en libertad o mantener detenido al individuo.



Comentarios

  1. Hola Lázaro pero entonces de que se trata ¿de un juicio rápido?

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  2. Hola Freddy, no es un juicio rápido, lo que se hace con esto, es que en caso de que tu consideres que tu detención no se ajusta a derecho, lo solicitas mediante escrito( el cual no requiere una forma especifica) cuando se hace esto, se pone a la mayor velocidad posible al detenido a disposición judicial, el cual viendo los hechos determina si tu detención se ajusta a derecho o no, si no se ajusta a derecho pues te dejan libre, si se ajusta a derecho sigues detenido, a espera que el proceso correspondiente siga su cauce, no se si así te queda más claro, un saludo y gracias por tu comentario

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  3. Me ha tocado a mi otorgar los premios Best Blog Award y si te escribo es porqué eres uno de mis elegidos.
    Debes sentirte muy alagado, ya que tengo la fea costumbre de pasarme todo el día viendo blog uno tras otro, o sea de regalo nada, eres bueno de narices, si bien ya te digo que la recepción obliga a una serie de cosas que son laboriosas.
    Nadie está obligado a recepcionarlo, aunque es un verdadero honor.

    Si lo deseas recógelo en este enlace

    http://anticrisis2013.blogspot.com.es/2013/04/capitulo-xciii-best-blog-award-especial.html

    Enhorabuena de corazón

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    1. Muchas gracias por el premio, en breve le contestare las preguntas, un saludo nuevamente gracias.

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