¿Qué hacer si recibimos una inspección de hacienda?
¿Qué hacer si recibimos una inspección de
hacienda?
Esta situación es
una de las que genera más temor a los empresarios y/o autónomos, cuando se
produce la inspección estamos obligados a colaborar pero también tenemos
derecho a recurrir si consideramos que la labor realizada no es ajustada a
derecho, para ello debemos acudir al juzgado competente.
Mediante las
visitas realizadas por los inspectores lo que se intenta es conocer el tipo de negocio, el movimiento y funcionamiento de nuestra actividad además
claro esta buscar de buscar cualquier
tipo de irregularidad que puede
generar discrepancia entre la facturación declarada y la actividad real de
nuestro negocio.
Las Visitas por parte de los inspectores de hacienda se
producen generalmente cuando existen discrepancias entre las bases de datos y
las declaraciones de los empresarios, un
ejemplo sería empresario y/o autónomo
que declara perdidas y en la base de datos de hacienda aparece que tiene un
coche de alta gama. Los negocios los cuales suelen generar más posibilidades de
irregularidades son aquellos donde se manejan una gran cantidad de efectivo ya que en los mismos es más propenso
que se
produzca una contabilidad B.
La forma de
proceder de hacienda ha variado en los últimos años, antes se solicitaba la
documentación y el empresario tenía un plazo de 10 días para aportarla, ahora
se esta optando en la personación por parte de los inspectores en los
establecimientos.
Dentro de nuestro
establecimiento pueden existir
espacios especialmente protegidos
que para que el inspector pueda acceder debe hacerlo con una autorización
judicial,con autorización o consentimiento del administrador o profesional de
la sociedad, mientras que los que no lo son pueden entrar simplemente con la
autorización del delegado del AEAT.
Un ejemplo sería
que con la autorización de un delegado de la AEAT no se puede acceder a un
domicilio el cual está protegido por la constitución.
El horario en los
cuales generalmente se realizan las inspecciones es el horario laboral de la empresa.
¿Qué datos puede
solicitarnos hacienda cuando realizan una inspección de Hacienda?
Por regla general
la documentación que suele solicitarnos en las inspecciones suelen ser aquellos
los cuales tengan algún tipo de interés de carácter tributario, como pueden ser
libros contables, facturas, balances..etc, hay que comentar que tenemos
obligación de colaborar con el inspector
y facilitarle toda la información que nos solicite ya que tiene derecho por ley.
No facilitar la documentación que nos pide
el inspector de hacienda puede salirnos caro pues lo mismo puede llevar
aparejado sanciones hasta el 2% de la cifra del negocio del último ejercicio
siendo la multa mínima 20000 y la
máxima 600000.
¿Cuáles son los principales
motivos que pueden generar una inspección de hacienda?
1.Devolución de Iva /Igic: Uno de los
motivos principales que puede generar que se produzca una inspección es que tú negocio
reciba devoluciones de Iva e Igic, con lo cual mientras más alta sea la
devoluciones que somos recibimos más posibilidades tendremos de tener una
inspección.
2.Demasiados gastos:Un negocio el cual
está declarando de forma reiterada perdida y unos gastos elevados difícilmente
puedan eludir una inspección, esto se debe
a que una empresa o autónomo puede tener un periodo donde estén en perdidas pero no durante ejercicios
prolongados.
3.No exista concordancia entre modelos
trimestrales y los anuales:Los modelos informativos sirven como su nombre
indica para cuadrar los datos trimestrales que vamos presentando ,un descuadre
en la información enviada puede despertar la curiosidad en Hacienda.
4.Nif Intracomunitario:La solicitud de
este documento identificativo suele generar “curiosidad” y puede ser que te
soliciten y demuestres para que
necesitas esa identificación.
5.Inspecciónes aleatorias: como su nombre
indica puede ser que simplemente te toque.
Las
inspecciones de hacienda se pueden iniciar además de como comentamos antes ,
con la personación del inspector en tú negocio o domicilio o bien que recibamos
una carta donde se suelen leer los siguientes datos:
·
Lugar
y fecha donde se debe comparecer ante el inspector
·
Datos
negocio, datos personales
·
Impuestos
que el inspector que va a revisar
·
Alcance
de la actuación
·
Paralización
del plazo de prescripción.
·
Plazo
en el cual debes enviar la documentción.
·
Lugar
y datos del inspector.
La
comparecencia con el inspector de hacienda:
Cuando
sea el indicado para la comparecencia con el inspector intenta llegar puntual, contesta las preguntas de forma precisa sin
dar más información de lo requerido.
Existe
una diferencia entre que la citación sea para comparecer en la dependencia de
gestión tributaría y en la dependencia de inspección.
Si
nos instan a personarnos en la gestión tributaría no es necesario que lleves la
contabilidad ya que no tienen el derecho
hacerlo, con lo cual llevar nuestra
contabilidad lo único que provocaría sería un perjuicio para nosotros.
El
concluir la comparecencia se emitirá una
diligencia en hecha se recoge los hechos, con lo cual se recomienda que se
lea y si falta algo de nuestra
alegaciones solicitar que se recojan, dichas diligencias tienen la
consideración de documento público
con lo cual a la hora de firmarlo es muy importante estar seguro ya que darías conformidad a lo recogido en el
mismo.
Las estimaciones sería una cuantía que propondrá el
inspector de cuánto dinero has dejado de ingresar , aquí lo recomendable es
intentar negociar con el inspector de hacienda para reducir la cuantía pues el
mismo muchas veces no conoce con exactitud cuál es la cuantía que no hemos
ingresado.
El
acta que se genera puede ser de conformidad o disconformidad, el hecho de
firmar el acta de conformidad confirmamos
que estamos de acuerdo con los hechos
que nos imputan con lo cual hay que actuar con suma cautela a la hora de
firmarlo en este término, los inspectores suelen usar la rebaja de la sanción
para que se firme pero en ocasiones no es lo recomendable. Puedes firmar de
forma parcial el acta aceptando algunos
hechos y estar disconforme con otros
hechos , en los hechos que estés conforme podrás beneficiarte de la reducción
de la sanción.
En
el supuesto de que nos citen lo aconsejable es ir acompañado con un profesional
que conozca la materia preferiblemente
alguien que como proceder en caso que
debamos acudir a una vía judicial.
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que el artículo le haya sido de ayuda, si es así le agradeceríamos que le den a
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