Mayor protección para el consumidor en Ley hipotecaria
La nueva ley hipotecaria establece una serie de medidas para proteger al consumidor en caso de impago. Entre ellas se encuentran:
La entidad financiera tiene que avisarte con antelación de que va a iniciar un procedimiento de ejecución hipotecaria en caso de impago. Debe comunicártelo en un plazo mínimo de diez días antes de presentar la demanda, para que tengas tiempo de buscar soluciones. La entidad financiera debe intentar buscar soluciones extrajudiciales antes de iniciar un procedimiento de ejecución hipotecaria. Es decir, tiene que buscar alternativas para que puedas seguir pagando la hipoteca, como reestructuraciones de la deuda o periodos de carencia. En caso de ejecución hipotecaria, se establece un mecanismo de protección al deudor hipotecario vulnerable. Este mecanismo establece que, en caso de que la entidad financiera se quede con la vivienda por un precio inferior al valor de mercado, el deudor hipotecario vulnerable (que cumple una serie de requisitos) no tendrá que pagar la diferencia entre el valor de mercado y el precio de venta. Se establece un límite a los intereses de demora. El interés de demora es el que se cobra cuando te retrasas en el pago de una cuota de la hipoteca. La nueva ley establece que el interés de demora no podrá ser superior a tres veces el interés legal del dinero (un tipo de interés que fija el Gobierno cada año). Esperemos que este video les entretenga y les pueda ayudar, si fuera así le agradeceríamos que compartiera con otra personas que le pudieran servir,además de suscribirse. https://twitter.com/Eljuristaelect1
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