¿Qué plazo tiene el trabajador para presentar demanda de despido?
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, establece que los sábados ya no serán considerados días hábiles a efectos administrativos. Esto unifica el cómputo de plazos en los ámbitos judicial y administrativo.
El plazo para demandar por despido es de 20 días hábiles después de la fecha en que se produjo el despido. Este plazo es de caducidad y no se computarán los sábados, domingos y festivos en la sede del órgano jurisdiccional. La Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, introduce una novedad: los días entre el 24 de diciembre y el 6 de enero del año siguiente (ambos inclusive) serán inhábiles, excepto para ciertas modalidades procesales como la de despido. Para el cómputo del plazo para interponer demanda por despido, se tendrán en cuenta únicamente los días hábiles, excluyendo: Sábados y domingos. Días de fiesta nacional. Festivos a efectos laborales en la respectiva Comunidad Autónoma o localidad donde tenga su sede el órgano judicial competente. No se excluyen del cómputo: Los días festivos en la localidad donde resida el actor, cuando esta sea distinta a la de la sede del Juzgado donde deba interponerse la demanda. Los días que presenten una mayor dificultad en la gestión de las actuaciones procesales (ejemplo: huelga general). El mes de agosto, salvo los días de ese mes que sean inhábiles, a pesar de tratarse de un período de inactividad en los Tribunales. Los días que median entre el 24 de diciembre y el 6 de enero del año siguiente (ambos inclusive).
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