¿Cuándo necesito abogado y procurador?
Para poder establecer
cuando se hace necesario la intervención de
abogado y procurador en los Tribunales, tenemos que distinguir entre las diferentes
vías jurisdiccionales: civil, penal, laboral y administrativa.
Hay casos donde no es
imprescindible la presencia de un abogado, pero su intervención siempre
resultará aconsejable, ya que la mejor
defensa sólo puede garantizarla un abogado con la debida formación y
competencia puesto que un cualquier asunto se necesita contar con un punto de
vista jurídico.
Jurisdicción
civil Se encarga de los vínculos privados que se establecen
entre las personas, ya sean físicas o jurídicas
La intervención del abogado en este tipo no procesos será siempre
necesaria salvo en los siguientes casos:
-Los juicios verbales cuya cuantía sea inferior a
2.000 €.
-En la petición inicial de los procedimientos
monitorios.
-En aquellos escritos en los que se solicita la adopción de medidas
urgentes con anterioridad al juicio o la suspensión de
vistas y actuaciones.
No obstante en estos casos donde no
es obligatoria intervención de abogado y
procurador, si una de las partes decide asistirse de ambos profesionales deberá
ponerlo en conocimiento del juzgado para que éste le de la oportunidad al
contrario de presentarse también con abogado y procurador.
Para garantizar la igualdad de las partes en el
juicio, por lo que si aprecia la existencia de esta desigualdad puede acordar
la suspensión del
procedimiento hasta que designe o le sea nombrado un abogado.
Por otra parte, es obligatoria la intervención del procurador en todos los procesos civiles
a excepción de:
-Los juicios verbales cuya cuantía sea inferior a 2.000 €.
-En la petición inicial de los procedimientos monitorios.
-En aquellos escritos en los que se solicita la adopción de medidas
urgentes con anterioridad al juicio o la suspensión de vistas y actuaciones.
-En los juicios universales, cuando la comparecencia se limite a
presentar títulos de crédito o derechos, o para concurrir a juntas.
-En los incidentes relativos a impugnación de resoluciones en materia de
asistencia jurídica gratuita.
Jurisdicción penal
Es la vía por la que se
regula el castigo de crímenes o delitos que se producen por la conducta humana,
a través de la imposición de ciertas penas
Siempre que una persona es detenida tiene derecho a nombrar o a que le sea
designado un abogado para su defensa.
En estos casos, la asistencia del abogado consistirá en solicitar que se informe de los
derechos que asisten al detenido o preso, solicitar la declaración o ampliación
de los extremos que considere necesarios, solicitar que se reflejen en el acta
aquellas incidencias que puedan haberse producido y además de entrevistarse
reservadamente con el detenido.
La presencia del abogado es obligatoria durante
la tramitación de todo el procedimiento judicial y ostentará también la
representación del imputado.
El procurador sin embargo, sólo será necesario en
los casos en los que se acuerde la apertura del juicio oral.
Por otra parte, la presencia del abogado no es
necesaria, aunque sí muy aconsejable, en la tramitación de los juicios de faltas .
Jurisdicción social Aquí se van a regular las relaciones establecidas a
raiz del trabajo humano, por cuenta ajena, en relación de dependencia o por una
compensación
La presencia del abogado y del procurador, no es legalmente obligatoria en la tramitación de
los procesos laborales o sociales. Pero la del abogado será imprescindible para
defender los intereses de las partes con las mínimas garantías, ya que se trata
de una materia compleja y la relevancia
de los intereses que se ventilan en estos procedimientos.
Jurisdicción
administrativa Este procedimiento soluciona los conflictos entre la
administración y los ciudadanos, mediante la interposición de sus
correspondientes recursos controla la correcta actuación por parte de la
Administración.
Es obligatoria la intervención solamente de abogado o de abogado y
procurador, dependiendo de si las acciones deben entablarse ante el Juzgado de
los Contencioso- Administrativo o ante el
Tribunal Superior de Justicia, Audiencia Nacional.
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