¿Me han despedido del trabajo que hago?


En primer lugar, una vez  reciba la carta comunicando el despido firme no conforme  y añada la fecha REAL del día en que firma o recibe la carta.
Si el  despido fuese verbal y no le dejasen incorporar al puesto de trabajo, tendría que buscar algún testigo o delegado sindical que certificase que no ha abandonado su puesto de trabajo y que se le impide incorporarse al mismo.
Tiene un plazo de 20 días para impugnar, si no esta conforme


¿Qué indemnización me corresponde por el despido?

Las indemnizaciones que un trabajador tiene derecho a percibir en caso de despido pueden ser de varios tipos.

A) Si el despido es improcedente:

Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, tiene dos opciones una sería  la readmisión del trabajador con abono de los salarios de tramitación o al abono de las siguientes percepciones económicas que deberán ser fijadas en aquélla:

Una indemnización de cuarenta y cinco días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades.
Una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.


B) En caso de despido objetivo y colectivo:

La indemnización es de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.

C) En el caso de que se extinga el contrato por voluntad del trabajador:

Si la decisión de extinguir el contrato por alguna de las causas que reconoce la ley como “justa causa” tiene derecho a una indemnización de cuarenta y cinco días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades.
Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:
Las modificaciones substanciales en las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.
La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario


¿Cómo se calcula la indemnización?

El tiempo trabajado desde que se inicia el trabajo hasta la extinción del mismo.
El salario diario del trabajador: teniendo en cuenta que en el concepto de salario está el salario fijo (salario base, complementos personales y de puesto), el salario variable, el salario en especie y otros conceptos.
La cantidad bruta mensual obtenida (prorrateadas las pagas extraordinarias) hay que dividirla entre 30 días para obtener el salario diario.



¿Qué es el Finiquito?


El finiquito es el papel que la empresa quiere que firmemos cuando nuestro contrato de trabajo ha terminado, sea por despido o por que ha llegado su final. En ese documento tienen que venir los conceptos y cantidades que la empresa tiene pendientes con el trabajador: por ejemplo, la parte correspondiente a las vacaciones no disfrutadas, partes pendientes de las pagas extraordinarias, etc.

¿Tengo que aceptarlo?

Usted puede aceptarlo o no, si quiere que se cobre lo que se refleja en él debe firmalo, aunque debe poner su disconformidad firmando " no conforme".
Si se niega  a firmarlo no cobrara la cantidad que aparece en el mismo.











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