Accidentes de tráfico,reclamaciónes y sanciones
Un accidente de
tráfico es el perjuicio ocasionado a una persona o bien material, en un
determinado trayecto, debido a la acción
riesgosa o irresponsable de un conductor, un pasajero o
un peatón, y
en ocasiones debido a fallos mecánicos repentinos o incluso a deficiencias en
la estructura de tránsito .
Como
actuar
Si tiene un accidente de tráfico trate de alcanzar un
acuerdo con el otro conductor implicado y rellenar así el parte amistoso de accidente. Si ello no puede ser porque se produce un enfrentamiento o no hay
acuerdo respecto a las causas del accidente, avise a la Policía Local o
Guardia Civil; proceda de la misma manera si hay que lamentar daños personales. Los
agentes elaborarán un atestado. Este documento será una
prueba fundamental para determinar quién ha sido el responsable del accidente y reclamar la reparación de los daños
sufridos a las compañías de seguros.
Si usted o cualquiera de los viajeros han sufrido lesiones, solicite que
en los partes de asistencia médica figure que tales daños se han producido como consecuencia
de un accidente de circulación. Estos partes constituirán así una buena prueba de los daños que ha sufrido a la hora de reclamar su compensación a la compañía de seguros.
Reclamación
De
parte a la compañía de seguros
de que se ha producido el accidente de tráfico; para ello tendrá un plazo de 7 días. Si considera que no es
culpable del accidente y que la responsabilidad es del conductor del otro
vehículo, podrá interponer la correspondiente denuncia penal.
Plazos:Para reclamar judicialmente una indemnización por un accidente de circulación se pueden utilizar dos vías, la vía penal o la vía civil
Vía Penal: El plazo para interponer una denuncia por un accidente de circulación es
de 6 meses, y debe contarse desde el momento que se produce el accidente. Es la
vía más recomendable. Con él se persigue la imposición de
una sanción al responsable del delito o falta cometido, si bien lo que sucede
es que la comisión de un delito o falta lleva aparejado el pago de las
responsabilidades civiles correspondientes.
Vía Civil: Se deben afrontar más gastos desde el primer momento y es un sistema más lento. El plazo para interponer una demanda es de 1 año. Comienza a contarse desde el momento en que el accidentado termina su tratamiento médico. Lo que se persigue es el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados, con la obtención de la indemnización correspondiente.
Daños indemnizables
Los daños
más habituales en una reclamación son:
1-DAÑOS CORPORALES.
Son todas
las lesiones que padece la persona como consecuencia el accidente.
-La incapacidad
temporal se valora en una determinada cantidad en los casos de
internamiento en centros hospitalarios, y en un importe inferior en los demás
casos.
La
indemnización por las lesiones
permanentes depende del grado de incapacidad que éstas causen en la
víctima: Incapacidad absoluta:
pérdidas anatómicas o funcionales, necesita
la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida
Gran invalidez: Inhabilita para la realización de toda profesión
u oficio.
Invalidez total: Inhabilita para realizar todas o las principales
tareas de la profesión habitual, siempre que el perjudicado pueda realizar otra
distinta.
Invalidez parcial: una disminución de, al menos, el 33% en el
rendimiento normal para la profesión habitual.
La indemnización por muerte comprende tanto el daño moral como las pérdidas económicas
que se derivan del fallecimiento. Serán beneficiarios no sólo los herederos sino
también la pareja de hecho y las
personas que dependan económicamente del fallecido.
Por último, destacar que la indemnización estará
compuesta no sólo por el importe en que se valoren los daños y perjuicios tanto
materiales como personales, sino también por los intereses que estas cantidades
devenguen desde la fecha del accidente. Si la compañía aseguradora se retrasa
más de 3 meses, la cantidad adeudada generará además un interés especial.
2-DAÑOS
MATERIALES
Tiene derecho a exigir la reparación de los daños ocasionados: El importe de la reparación
se determina realizando una peritación del vehículo. Si no va a reparar su coche o el valor de la reparación es superior al valor de venta del mismo al momento del accidente, tiene derecho a que se le indemnicen los perjuicios causados por el importe de este valor de venta.
Y todos aquellos daños que se produzcan como consecuencia del accidente, como ropa, material electrónico .
3-BAJA LABORAL.
Tres
tipos de baja por accidentes:
1-Días de
hospitalización 2-Baja laboral 3-Días de curación.
A cada
periodo de tiempo se le asigna un precio que varía anualmente dependiendo del
IPC.
AL Abogados
Info@alyabogados.es
Buen artículo. Me gusto la forma que explicarte la forma de actuar y la reclamación. Felicidades.
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